La regulación de los bienes raíces en Hermosillo se puede dividir en al menos 2 aspectos, por un lado, la relativa a los propios inmuebles y por otra, la relativa a los profesionales dedicados a los bienes raíces en Hermosillo. Por lo que respecta a la regulación de los inmuebles, conviene conocer que el artículo 121, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece: "Los bienes muebles e inmuebles se regirán por la ley del lugar de su ubicación"; por lo tanto, la legislación de los inmuebles en Hermosillo, Sonora es el Código Civil del estado de Sonora, que en el artículo 15 ordena:
Artículo 15.- Los bienes inmuebles sitos o ubicados en el Estado y los bienes muebles que en él se encuentren, se regirán por las disposiciones de este Código y demás leyes locales relativas y por las federales en su caso, aun cuando los dueños no sean mexicanos ni sonorenses ni vecinos del Estado.
De acuerdo con este artículo, el Código Civil de la entidad regula los bienes inmuebles, así como las demás leyes relativas, las cuáles pueden ser el Código de Familia para el Estado de Sonora, la Ley de Hacienda del estado de Sonora, la Ley de Bienes y Concesiones del Estado de Sonora, la Ley Registral y Catastral del estado de Sonora, entre muchas otras.
Por otra parte, la regulación de los profesionales dedicados a los bienes raíces en Hermosillo, se regula por segundo párrafo del artículo 5o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que prescribe: "La Ley determinará en cada Estado, cuáles son las profesiones que necesitan título para su ejercicio, las condiciones que deban llenarse para obtenerlo y las autoridades que han de expedirlo", de esta forma la Ley del estado de Sonora que ordena contar con una licencia es la Ley que crea el Registro Estatal de Agentes Inmobiliarios, la cual, en sus artículos 4, 7, 7 Bis y 8, regula los aspectos relativos al Registro Inmobiliario y la licencia estatal inmobiliaria, en dónde se destaca lo siguiente:
"Sólo las personas físicas que cuenten con la licencia y las morales inscritas en el Registro podrán realizar operaciones inmobiliarias, así como ostentarse y anunciarse como “agentes inmobiliarios con licencia estatal” y “agentes inmobiliarios con registro”, respectivamente".
De esta forma, no cualquier persona puede dedicarse al corretaje inmobiliario en Hermosillo, si previamente no cuenta con Licencia Inmobiliaria, ¿Usted dejaría un enfermo en manos de un médico sin cédula, un juicio en manos de un abogado sin cédula o su vehículo en manos de un chofer sin licencia?
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